"Epa Colombia" no irá aún a la cárcel

"Epa Colombia" no irá aún a la cárcel
Por: Fernando Silva
Agosto 13, 2021
Compartir en Facebookcompartir en LinkedinCompartir en WhatsAppCompartir en TelegramCompartir en Twitter

A la empresaria le quedan un par de caminos legales para evitar a toda costa su ingreso a prisión y seguramente tratará de agotar esos recursos. El caso puede llegar a revisión en la Corte Suprema de Justicia.

El Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme la condena contra Daneidy Barrera Rojas, conocida en redes sociales como Epa Colombia, quien en noviembre de 2019 se grabó en videos mientras destruía estaciones de TransMilenio, en Bogotá. Sin embargo por ahora no será privada de la libertad.

El Juez no ordenó su captura

En la Sentencia del Tribunal Superior de Bogotá los Magistrados señalaron que Barrera Rojas no podrá recibir el beneficio de la sustitución de la pena ni la casa por cárcel. Esto en consideración a que fue sentenciada a más de cinco años de cárcel. La sentencia fijada fue de 63 meses y 15 días de prisión.

Sin embargo, fuentes que estuvieron en la audiencia señalaron que el Magistrado no emitió la boleta de captura contra la procesada por lo que solo cuando eso suceda podrá ser privada de la libertad.

Es usual que algunos Jueces o Magistrados no ordenen la captura de los condenados en espera que la Sentencia quede en firme y sea cosa juzgada.

En primera instancia el Juzgado Especializado que la condenó le concedió la suspensión condicionada de la pena y por eso ha permanecido en libertad.

Puede llegar a la Corte

El Tribunal señaló, que de acuerdo al Acto Legislativo 01 de 2018, la defensa de la condenada o ella misma podrá pedir que se garantice el derecho a la doble conformidad judicial o a impugnar la primera condena. Derecho que se activa ante la emisión de un fallo, se lee en la decisión.

Y advirtió que, "frente a lo acá resuelto procede la impugnación especial para la condenada o su defensa, en los términos procesales previstos en la Ley para el recurso de casación". Este recurso solo se podrá utilizar para el delito de instigación a delinquir.

Frente a los otros delitos por lo que fue condenada en primera y en segunda instancia podría interponer recurso de casación que llegaría a la Corte Suprema de Justicia.

La decisión no fue unánime

No, uno de los tres Magistrados que hace parte de la Sala se apartó de la decisión. Juan Carlos Arias López, presentó un salvamento de voto. Consideró que no se debió condenar a la procesada por "el fin terrorista del delito de instigación a delinquir" y que "no es dable asociar un acto de terrorismo, con un acto de vandalismo".

Marchas

La decisión del Tribunal Superior de Bogotá, generó todo tipo de comentarios en redes sociales, pues muchos colombianos rechazaron la Sentencia, argumentando que si bien el accionar de la influencer no estuvo bien, su resocialización y cambio ha sido notable, siendo hoy en día una empresaria de gran importancia a nivel nacional, quienes genera cientos de empleos a madres cabezas de hogar.

Es por ello que a nivel nacional se tienen programadas para el día de hoy varias marchas, en Neiva la cita será en el parque Leesburg en el barrio Quirinal, sobre las 8:30 de la mañana.


"Epa Colombia" no irá aún a la cárcel

"Epa Colombia" no irá aún a la cárcel

"Epa Colombia" no irá aún a la cárcel